miércoles, 7 de septiembre de 2016

Clase: "Sistema acusatorio y juicio por jurados"

ART. 118 C.N.: TODOS LOS JUICIOS CRIMINALES... 
SE TERMINARÁN POR ¿T.O.C.?

Mañana será la clase sobre sistema acusatorio y juicio por jurados.


«O los juicios criminales se realizan exclusivamente por personas privilegiadas, elegidas por el Gobierno y pagadas por él (empleados), o se realizan por ciudadanos libres. Se los llame a éstos jurados o escabinos, o notables, o pares o con otro nombre cualquiera, siempre es lo mismo. Son siempre jueces ciudadanos. Se los llame a los otros Consejeros, o Auditores, o Lugartenientes o con otro nombre cualquiera, siempre es lo mismo. Son siempre jueces que dependen del gobierno»
(Francesco Carrara)

Tal como saben, pues así se indica en el cronograma del curso, deberán leer obligatoriamente los siguientes textos:
  • Fallo de CEVASCO: disponible acá
  • Texto PENNA, "El jxj. Análisis y antecedentes…", APP, 22/09/2014: disponible acá
  • Texto MAIER, "Delitos de lesa…", AAJJ, 04/10/2013: disponible acá

También deberán ver los siguientes videos:

«Vuestro servicio como jurados ha finalizado. En nombre del Pueblo, y también de las partes involucradas en este juicio, les agradezco este servicio público que han prestado.
El hecho de ser jurado no solo es una carga pública de los ciudadanos; es también uno de sus privilegios. Tal cual lo observó un destacado visitante hace casi 175 años, en los Estados Unidos el servicio de jurado “inviste al Pueblo con la dirección de la sociedad”.
Espero que vuestro tiempo aquí haya incrementado vuestra comprensión de cuán importante es el servicio de jurado para el funcionamiento de la democracia. También espero que hayan aprendido cómo funcionan nuestras cortes y cuánto ellas necesitan de su apoyo y su interés como ciudadanos»
(Fragmento extraído de las “Instrucciones Suplementarias para el juicio con jurados del Estado de Massachusets”; el "destacado visitante" al que se hace referencia es Alexis de Tocqueville)


Nos vemos el jueves.

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