martes, 29 de noviembre de 2016

GRILLA DE HORARIOS PARA RENDIR EL EXAMEN -FINAL-

Estimados/as, esta es la grilla de horarios para el examen final del Jueves 1 de diciembre. Los horarios son estos, y no pueden modificarse.

Si alguien aún no se anotó, aclárelo como comentario a esta entrada. Sólo queda disponible el horario de las 13 horas.

Estudien!



horario

Nombre y apellido
13 horas
1
Carolina Gonzalez
2
Santiago Varela
3
Eduardo Ovelar Maidana
4
Mario Alberto Riccio
5

6

7

14 horas
1
Marcos Cané
2
Pamela von Hünefeld
3
Nicolás Dertinopulos
4
Alejandro Tes
5
Sofia Arriola *
6
Ramirez Felix
7
Vazquez Francisco
15 horas
1
Paz Maximiliano
2
Rodriguez Julia 
3
Klehr Emanuel Maximiliano
4
Rando Sebastián Fabricio
5
Juli Ana Salamanca Mamani
6
Candelaria Rognoni *
7
Sofía Sanucci *
16 horas
1
Joaquín Herrera
2
Germán Feldman
3
Florencia Candia
4
Dana Lacivita
5
María Agustina Miráz
6
Sofia Colacci
7
Alzola, Gastón *
17 horas
1
Soto Noelia Dolores
2
Salamon Milena
3
Gallo Manuel
4
Arias, Francisco
5
Carbó, Mariana
6
Martioda, Ignacio
18 horas
1
Franco Gabriel
2
Pose Lema Florencia
3
Barrera Bárbara
4
Erika Lovazzano
5
Elizalde Inés
6
Esperón, Martín
19 horas
1
Yanina Asensio
2
Feo Mangione Nicolas
3
Jerez Cristian Eduardo
4
Gisela Brenda Tavormina
5
Harold Mixan
6
ADOLFO TONIN MONZON

* Se ha reasignado el horario. Deberán concurrir en el horario que figura en esta lista.

ACLARACIÓN: deberán estar presentes a la hora correspondiente (por ejemplo, quienes se anotaron para rendir a las 19 hs. habrán perdido la posibilidad de rendir el examen si no están presentes al ser llamados a las 19 hs.)

lunes, 28 de noviembre de 2016

Examen: ver los siguientes videos

Además de estar en condiciones de trabajar con base en los casos "Tamara Peña" y "Silvia Suárez", para el examen deberán ver los siguientes fragmentos de películas (duran unos pocos minutos):


Fragmento de la película "The rainmaker" o "El poder de la justicia":



Fragmento de la película "A few good men" o "Cuestión de honor":



Deberán estar en condiciones de analizar y comentar críticamente el desempeño de los litigantes durante el examen directo y el contraexamen, resaltando aciertos y desaciertos técnicos y/o estratégicos del examen, el contra y el planteo de objeciones. También deberán poder señalar cuáles son los objetivos a los que apunta cada litigante (esto es, los objetivo de los ED y los objetivos de los CE) y cómo se proponen lograrlo.

domingo, 27 de noviembre de 2016

Casos para el examen final

Para el examen final deberán leer y tener debidamente preparados los siguientes casos:


  • "Tamara Peña" (lo tienen desde el inicio del curso)

  • "Silvia Suárez" (podrán encontrarlo en la casilla de Gmail)



Con "debidamente preparados" nos referimos a que deberán estar en condiciones de:
  • explicar y justificar cuál sería su teoría del caso para cada uno desde roles de acusación y defensa,
  • argumentar que prueba de la contraparte no debería ser admitida para el juicio (qué prueba y por qué motivo no debería ser admitida),
  • recomendar al docente algunas cuestiones básicas y fundamentales para llevar a cabo el voir dire de cada caso (esto es, a qué jurados potenciales identificar, cómo hacerlo y qué hacer con ellos),
  • exponer la planificación de un examen directo y un contraexamen (detectar los ejes de examen y contra),
  • ejecutar un examen directo y un contraexamen (aplicando los contenidos estudiados) a un testigo o perito,
  • acreditar e introducir al juicio prueba material,
  • planificar un alegato de apertura o clausura,
  • exponer la planificación del uso de apoyos gráficos, 
  • responder preguntas puntuales sobre cuestiones estratégicas relativas a los casos,
  • etcétera.

EL JUEVES DEBERÁN PREGUNTAR EN BEDELÍA CUÁL ES EL AULA ASIGNADA PARA EL FINAL.
Cuando lo sepamos, lo anunciaremos por esta vía.


Éxitos!

miércoles, 23 de noviembre de 2016

Excarcelación y reconocimiento impropio


 
 En relación a la clase del lunes, paso a comentar lo que pude observar hace un rato presenciando una audiencia de excarcelación en Provincia de Buenos Aires, en el marco de un procedimiento de flagrancia (ley provincial 13.811).
 
 Previo a que ingresen al imputado a la sala, entran a la misma dos hombres para presenciar la audiencia como parte del público y el fiscal comunica al juez y defensor que él había invitado a participar a las víctimas como público de la audiencia, tras haberles tomado declaración testimonial en su despacho minutos antes.
 
 Sin embargo, el defensor señala que el hecho había tenido como víctima a una mujer. Ante ello, el fiscal pasa a relatar el hecho, contando que luego del presunto robo de un celular a una mujer en la vía pública, el imputado escapando había saltado al jardín de una casa, donde vivían los dos hombres que estaban presentes en la sala, intentando robarse de allí una sierra eléctrica.
 
 De inmediato el defensor se opuso formalmente a la presencia de las víctimas por no haber sido indagado el imputado respecto de ese hecho y por el condicionamiento de la percepción de los testigos respecto de un futuro reconocimiento en rueda. Entiendo que desconocía de la tentativa de robo de esa sierra eléctrica, por lo que seguramente ello fue puesto en conocimiento del fiscal en la declaración que les tomó a las víctimas de ese hecho previo a la audiencia.

En principio el fiscal expresó que las audiencias son públicas y que no existía ningún impedimento, frente a lo que el Juez de Garantías, un tanto exaltado, señaló que “de ninguna manera podía permitirme la negligencia de afectar la eficacia de una probable futura medida probatoria”, denostando cierto compromiso con la hipótesis acusatoria más que con garantizar los derechos del imputado. Insistió el representante del Ministerio Público agregando que “el código de forma exige que se les pregunte previo al reconocimiento si vieron anteriormente al imputado, por lo que tendrán que declararlo y el resultado de la medida será evaluado en esas condiciones”.

En el medio de la discusión, abre la puerta un policía bonaerense para ingresar al imputado que se encontraba esposado. Saltando de la silla y gritando fuerte, el defensor público exigió que no lo ingresen.

Finalmente agregó el fiscal (creo que lo había olvidado porque sino hubiera resuelto la controversia sin más) que “las personas presentes fueron quienes efectuaron la aprehensión civil del imputado”. Frente a este argumento, el Juez decidió permitir la presencia de las víctimas en la audiencia, aunque expresando al abogado defensor por lo bajo: “sin embargo no estoy de acuerdo”. Al escuchar esto último las sensaciones que me dejó fueron que el Sr. Juez, encargado de velar por las garantías del imputado, sentía que no estaba bien lo que estaba permitiendo que ocurra pero que sin embargo no tenía los conocimientos o la capacidad argumentativa para disponer lo contrario con la debida fundamentación.  


Marcos Cané

viernes, 18 de noviembre de 2016

clase del Lunes 21/11

Estimadxs,

El Lunes 21 va a venir Nuria Sardañons a explicarnos algunos problemas que tiene la prueba de reconocimiento de personas.

Yo les pido que lean el siguiente material para la clase, para hacer más interesante el intercambio:

Hegglin, María Florencia y Sardañons, Nuria Saba. “Los reconocimientos de personas: medidas de prueba falibles que deben someterse a un estricto control de legalidad”, publicado en “Jurisprudencia penal de la CSJN”, Tomo 17, Dirección de Leonardo Pitlevnik, Editorial Hammurabi.

Fallos de la CSJN: “Miguel” (Fallos 329:5628) y voto del Juez Zaffaroni en “Cabrera” (Fallos C. 1378. XLIII. RHE)


El material está en la carpeta de Dropbox.

saludos!

Agustín

martes, 8 de noviembre de 2016

Caso para el jueves 10/11

Para el jueves tienen que llevar leído el caso "Soledad Sanz", que se encuentra subido en la carpeta de Dropbox.

Ya que la clase será sobre contraexamen de peritos y testigos expertos, vamos a hacer hincapié en las declaraciones de Darío Díaz, Lorna López y Bernardo Benítez.

Nos vemos!! 

viernes, 4 de noviembre de 2016

Lectura para el Lunes 7/11

Estimadxs,
en el dropbox está el texto en el que se va a basar la discusión del Lunes. Es el texto de Julieta Di Corleto que se llama Valoración de prueba en casos de violencia de género.
Saludos,

Agustín